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Política

El acuerdo militarista de López Obrador

Ante la pasividad del poder judicial, el presidente está probando los límites constitucionales del poder ejecutivo. La Suprema Corte ha congelado una discusión clave en la relación de la 4T con las Fuerzas Armadas

Por Redacción Magenta

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¿Qué pasó?

El presidente Andrés Manuel López Obrador está probando los límites constitucionales del poder ejecutivo, ante la pasividad del poder judicial, ya que la Suprema Corte ha congelado una discusión clave en la relación de la 4T con las Fuerzas Armadas.

¿Por qué importa?

  • AMLO ha recurrido a un mecanismo de decreto para consumar una política pública que, de acuerdo a especialistas en derecho constitucional, requiere de la aprobación del Congreso.
  • El gobierno federal ha renunciado a buscar este cambio de status legal a través de una iniciativa de reforma en el Congreso. El consenso de especialistas legales asegura que es inconstitucional, al mismo tiempo que el presidente admite que la última palabra la tendrá la Suprema Corte de Justicia.

El contexto:

  • El presidente López Obrador informó este lunes que enviará un acuerdo esta semana para que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) quede a cargo de la Guardia Nacional (GN).
  • Dicha propuesta es contraria al planteamiento legal con el que fue aprobada la ley de la Guardia Nacional en 2019, que considera a esta corporación como de carácter civil. Es decir, una nueva policía federal.
  • Sin embargo, como lo advertían defensores de derechos humanos en su momento, el plan del presidente López Obrador siempre fue que la GN fuera una institución perteneciente a la Secretaría de la Defensa.
  • La naturaleza militar de esta corporación provoca serias preocupaciones sobre el proceso de militarización de la seguridad publica en el país, iniciado en el sexenio de Felipe Calderón y consolidado por las dos administraciones siguientes.

Los detalles:

  • El consultor en litigio estratégico y derecho anticorrupción, Miguel Alfonso Meza, asegura que el Acuerdo Militarista impulsado por la administración de López Obrador no es otra cosa más que el síntoma de una Suprema Corte ausente.
  • “En este y otros asuntos, le abrieron el paso al presidente para que pisotee la Constitución cuando lo desee… La sumisión judicial es el cómplice perfecto de la militarización nacional”, expresó el analista en su cuenta de Twitter.
  • Y es que, según reportes de la prensa nacional, la Suprema Corte tiene en sus manos al menos cuatro impugnaciones para definir la constitucionalidad de la Guardia Nacional (GN) y el uso de las Fuerzas Armadas en labores policiacas, sin que hasta el momento se tenga una fecha clara para su análisis y votación.
  • La más destacada es la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra la expedición y entrada en vigor de la Ley de la GN, la cual está vigente desde el 27 de mayo del 2019.
  • Dicha impugnación cuestiona la constitucionalidad de la creación de la Guardia Nacional e impugna al menos 12 artículos y 16 fracciones o porciones normativas, cuya resolución está en la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek.
  • La CNDH cuestiona las facultades de investigación de delitos conferidas a la Guardia Nacional, así como las de inspeccionar y vigilar la entrada y salida de personas del país, en referencia a ser parte de los controles migratorios.
  • De igual manera se cuestiona el que la corporación pueda sancionar faltas de tipo administrativo y permitir el uso de armas, inclusive letales, en contra de quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas. La CNDH considera que con ello se vulneran los derechos fundamentales de libertad de expresión y de reunión.
  • Hace dos años, el municipio de Pabellón de Arteaga, Aguascalientes presentó otra impugnación para resolver la controversia constitucional 91/2020 contra el Acuerdo Militarista publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2020.
  • Denominado de manera oficial como “Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, lo que busca es disponer de manera permanente de las Fuerzas Armadas para realizar tareas de seguridad pública hasta diciembre del 2024.
  • El argumento municipal es que existe una posible invasión de competencias de la Federación a sus facultades, en materia de seguridad pública, debido a que se faculta a las Fuerzas Armadas a vigilar carreteras, aeropuertos y medios de transporte, además de ejecutar detenciones y órdenes de aprehensión en su territorio.
  • La ministra Margarita Ríos Farjat tiene asignada la ponencia del litigio, pero hasta la fecha no se tiene un proyecto de sentencia del mismo.
  • Julio Salazar, abogado senior en México Unido Contra la Delincuencia, afirma que el problema con el Acuerdo Militarista radica en que los cinco artículos de que consta facultaron a las Fuerzas Armadas a realizar diversas funciones que le correspondían a la Guardia Nacional, sin considerar a los gobiernos locales.
  • “Es decir, son las autoridades militares federales quienes determinan si ingresan a territorios estatales o municipales a prestar servicios de seguridad pública, así como las condiciones de fiscalización a los gobiernos locales.
  • “Vale subrayar que uno de los aspectos más graves de este acuerdo es que simuló cumplir con el estándar constitucional de que la labor de militares en seguridad pública debe ser extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, refirió el especialista en su blog del portal Nexos.
  • Entre los amparos presentados por organizaciones civiles contra el Acuerdo Militarista está el 588/2020, interpuesto por México Unido contra la Delincuencia, el cual la Suprema Corte de Justicia se negó a resolver, no así el Juzgado Octavo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México.
  • Y es que dicha instancia declaró la inconstitucionalidad, sólo en beneficio de los promoventes, quienes reclamaron como “totalmente insuficiente” la sola enunciación del uso regulado, fiscalizado y complementario de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública para evitar abusos y violaciones a los derechos humanos.
  • Otro amparo en revisión es el 324/2022, de entre una decena de recursos promovidos por ex policías federales que impugnaron su incorporación a la Guardia Nacional y al que ni siquiera se le ha asignado a la ponencia de un ministro.
  • Hasta el momento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene enlistados para su revisión 78 asuntos de distinta índole y en los cuales no figura ninguno de los casos citados, salvo la creación del Registro Nacional de Detenciones, el cual está relacionado con la existencia y operación de la Guardia Nacional.

Austeridad y militarización, ¿van de la mano?

  • La creciente participación de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Marina (Semar) en tareas civiles que van más allá de la seguridad pública es consecuencia de la debilidad administrativa del Estado a causa de la política de austeridad de la actual administración.
  • “La actual administración ha debilitado a las instituciones civiles y usado esta debilidad para justificar la asistencia militar”, expresa el sociólogo y politólogo, Raúl Zepeda Gil.
  • “El propósito central de la política de austeridad era justificar recortes al gasto público y a la estructura burocrática, así como procesos de privatización. Se trata, en fin, de la misma narrativa “neoliberal” que este gobierno ha combatido a capa y espada a la hora de defender el control estatal del sector energético.
  • “La diferencia es que, en lugar de la privatización de los servicios públicos, hay una resignación de responsabilidades a las Fuerzas Armadas”, puntualizó.
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