1 de noviembre 2018
Política
Promulgan Ley de Salarios Máximos
El presidente del Senado, Martí Batres ordenó publicar la Ley de Salarios Máximos, algo inusual
Por Lourdes González
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Ante la omisión del presidente Enrique Peña Nieto para publicarla y vencer los tiempos constitucionales para observarla, el senado ordenó la inmediata publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por primera vez en la historia, el Senado ejerció su atribución para publicar la ley de Salarios Máximos, a fin de que entre en vigor.
El presidente de la Mesa Directiva del Senado, Martí Batres informó al pleno senatorial que el decreto de la Ley de Remuneraciones de los Funcionarios Públicos, quedó promulgado. El presidente Enrique Peña Nieto no vetó.
Batres indicó que de acuerdo a sus responsabilidades, giró una comunicación al director del Diario Oficial de la Federación, en la que ordena la publicación del decreto de ley reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución.
Este papelito firmado por @martibatres significa que ustedes dejarán de cobrarle millonadas al país al que hicieron pedazos, Carlos Salinas, @VicenteFoxQue, @FelipeCalderon. Lo que nadie va a quitarles es su derecho a la pensión para adultos mayores. ✌️ pic.twitter.com/UhzRmI4EkZ
— Pedro Miguel (@Navegaciones) October 31, 2018
De esa forma, el salario del presidente de la República no será inferior al de ningún servidor público.
El pasado 13 de septiembre quedó aprobado el decreto de ley reglamentaria en materia de salarios máximos.
“El presidente de la República no la promulgó ni la publicó, por lo tanto corresponde a un servidor ordenar la publicación de la Ley de Salarios Máximos”, explicó Martí Batres, en entrevista de radio.
«El Presidente de la República no la promulgó ni la publicó, por lo tanto corresponde a un servidor ordenar la publicación de la Ley de Salarios Máximos»: @martibatres en #entrevista en #LaPrimeradeMVS a través del 102.5 FM 📻
— Luis Cárdenas (@LuisCardenasMx) November 1, 2018
El inciso B del artículo 72 Constitucional establece que “se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen dentro de los 30 días naturales siguientes a su recepción”, esos 30 días naturales vencieron el sábado 20 de octubre, por lo que el Ejecutivo Federal ya no hizo observación alguna y su contenido quedó como un hecho irrefutable.
La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos próxima a entrar en vigor determina los tipos penales a partir de “el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal”. Es desconcertante que los legisladores no se enteren de lo que dice la Constitución.
— Diego Valadés (@dvalades) November 1, 2018