28 de marzo 2019
Política
¿El presidente podrá ser juzgado si comete algún delito?
El Senado aprobó una reforma que amplía el catálogo de delitos por los que el presidente, y los miembros del Congreso de la Unión, pueden ir a juicio
Por Teresa Liaño
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¿Qué pasó?
El Senado aprobó la reforma a los artículos 108 y 11 de la constitución. Esta reforma añade delitos electorales y de corrupción a la lista de delitos para enjuiciar al presidente y a miembros de la cámara de diputados y senadores. También podrán ser juzgados por violación, desaparición de personas, delitos en materia de armas de fuego y explosivos, y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos. Anteriormente, el presidente sólo podía ser procesado por traición a la patria.
La reforma también incluyó cambios en cómo proceder en contra del presidente al momento de ser acusado. Para que el juicio prospere primero se debe votar en el senado, y sólo tras obtener la mayoría, el Fiscal General de la República podrá actuar.
¿Qué sigue?
Tras ser aprobado por el senado la reforma pasa a la cámara de diputados para ser revisada y avalada. También el presidente ya advirtió que espera adicionar a los gobernadores estatales, para que también puedan ser juzgados.
⚡»Se podrá juzgar al presidente en funciones por hechos de corrupción»⚡
Dice @lopezobrador_ en #ConferenciaPresidente
que también puede ser señalado por delitos electorales y subrayó que no tendrá derecho a fianza. pic.twitter.com/PugOZmCzI6— Ruido en la Red (@RuidoEnLaRed) March 28, 2019