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25 de agosto 2022

Política

La 4T se pronuncia contra la regulación de la prisión preventiva oficiosa

El presidente Andrés Manuel López Obrador marcó la pauta: declaró que eliminar la prisión preventiva oficiosa era un acto contrario a la justicia

Por Redacción Magenta

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¿Qué pasó?

  • El presidente Andrés Manuel López Obrador marcó la pauta: declaró que eliminar la prisión preventiva oficiosa era un acto contrario a la justicia.
  • Acto seguido, la Secretaría de Gobernación, la Consejería Jurídica de la Presidencia y la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, expresaron el mismo argumento.

¿Por qué importa?

  • La Suprema Corte de Justicia revisará la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa el próximo 5 de septiembre. 
  • La tesis de Aguilar, de corte garantista, solicita que el ministerio público justifique el uso de la prisión preventiva independientemente de la gravedad del delito o del perfil del acusado.
  • Argumenta que la medida cautelar debe utilizarse sólo cuando las víctimas o el proceso judicial estén en riesgo.

El contexto:

El argumento central del gobierno de Andrés Manuel López Obrador es que la nueva regulación pondría en riesgo de corrupción o violencia al poder judicial, puesto que abonaría a la “discrecionalidad” de los jueces que dictarán la medida cautelar.

Los detalles:

  • Organizaciones a favor de los derechos humanos han celebrado el proyecto; sostienen que es un incentivo poderoso para transformar a las fiscalías. Sostienen que el ministerio público estaría obligado a justificar con pruebas y argumentos la petición de prisión preventiva.
  • El gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha ampliado sustancialmente el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
  • Casos como la detención arbitraria de Rosario Robles, ex secretaria de Desarrollo Social, han exhibido el uso de la prisión preventiva como un mecanismo de discrecionalidad en la aplicación de la justicia.
  • Esta medida cautelar afecta desproporcionadamente a personas en situación de pobreza.
  • En términos legales, la discusión es de gran calado, puesto que, por primera vez, se podría adaptar una norma constitucional (considerada suprema en el ordenamiento jurídico) a los derechos humanos establecidos en tratados internacionales.
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