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19 de octubre 2025

23 de mayo 2022

Política

El estigma de la prisión preventiva

¿La prisión preventiva oficiosa es violatoria de los derechos humanos? Esta es la cuestión fundamental que será discutida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El proyecto elaborado por el ministro Jorge Pardo argumenta que se trata de una herramienta judicial legítima, pero no todos los analistas jurídicos están de acuerdo

Por Redacción Magenta

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¿Qué pasó?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá una cuestión fundamental que podría marcar un antes y un después en la forma de impartir justicia en el país: ¿La prisión preventiva oficiosa es violatoria de los derechos humanos?

¿Por qué importa?

El proyecto elaborado por el ministro Jorge Pardo Rebolledo argumenta que se trata de una herramienta judicial legítima, contenida en la Constitución, pero no todos los analistas jurídicos están de acuerdo. La discusión será este miércoles.

El contexto:

La ponencia se centra en el amparo en revisión 96/2022, donde los ministros deliberarán sobre la inconvencionalidad de la prisión preventiva, la cual si bien es contemplada en la Constitución, ésta contraviene el derecho internacional en materia de derechos humanos.

Los detalles:

  • La Primera Sala de la Suprema Corte discutirá el proyecto del ministro Jorge Pardo Rebolledo, mismo que niega la excepción de inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa. En pocas palabras, considera que ésta no viola los derechos fundamentales establecidos en acuerdos internacionales.
  • Sin embargo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) opina todo lo contrario: “La prisión preventiva es la medida más severa que se puede aplicar al imputado de un delito, motivo por el cual su aplicación debe tener un carácter excepcional, en virtud de que se encuentra limitada por los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad, indispensables en una sociedad democrática”, reveló el organismo en un comunicado.
  • El principal argumento del ministro Pardo está basado en la contradicción de tesis 293/2011, donde se establece la posición jerárquica de los tratados internacionales en materia de derechos humanos frente a la Constitución.
  • Para Javier Martín Reyes, profesor asociado de la División de Estudios Jurídicos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), dicha postura del ministro Pardo es conservadora, además de considerar ambiguo el criterio 293/2011, en el cual recae el centro de la sentencia.
  • “El ministro Pardo interpreta que se tiene que apegar a lo que indica la norma constitucional, y cómo deberá prevalecer la restricción constitucional. No creo que sea la mejor interpretación, pero es posible porque en la redacción de la contradicción 293, los ministros de la Corte quisieron ser ambiguos de forma deliberada, porque de esa manera cada quién lo puede interpretar de la mejor forma que quiera”, afirmó Martín Reyes en declaraciones al portal Animal Político.
  • En ese sentido, el también abogado constitucionalista, considera que la Primera Sala tiene en sus manos la oportunidad de replantear el criterio 293 para ver qué hacer con una norma que contempla la Constitución y que a su vez restringe un derecho fundamental, ante la presencia de una protección internacional más amplia.
  • “Hay sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos donde dice con todas sus letras que la prisión preventiva oficiosa es inconvencional, es decir, que va en contra de los tratados internacionales en derechos humanos porque viola la presunción de inocencia”, puntualizó el catedrático.
  • De acuerdo con Animal Político, en los últimos tres años se ha disparado el número de personas que son privadas de su libertad e ingresadas a centros penitenciarios, muchas de ellas legalmente inocentes, sin contar con una sentencia y, en su mayoría, el sector de las mujeres es el más desprotegido.
  • La cifra de personas con prisión preventiva se incrementó desde que en 2019 fueron aprobadas las reformas constitucionales -impulsadas por el actual gobierno y respaldadas por todos los partidos- con el objetivo de ampliar el catálogo de delitos que ameritan encarcelamiento automático como medida cautelar.
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