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14 de abril 2021

Política

Deja Vu: preparan fast track en reforma de hidrocarburos

Como sucedió con la Ley de la Industria Eléctrica, la Comisión de Energía en San Lázaro aprobó el dictamen para reformar la Ley de Hidrocarburos prácticamente sin modificaciones

Por Redacción Magenta

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¿Qué pasó?

Aunque se realizaron algunos ajustes sobre la cancelación de permisos, la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reforma a la Ley de Hidrocarburos -prácticamente sin cambios- en relación a lo presentado por el ejecutivo, por lo que será presentada al Pleno para su discusión.

¿Por qué importa?

Tal como sucedió el mes pasado, cuando los diputados aprobaron en modo ‘fast track’ la Ley de la Industria Eléctrica enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, ahora tocó el turno a la Ley de Hidrocarburos, aunque la única diferencia fue que a la primera no se le cambió “ninguna coma”.

El contexto:

  • A finales del mes pasado, AMLO envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para modificar la Ley de Hidrocarburos, en la que propone que Pemex tenga un mayor control del manejo, almacenamiento, transporte y distribución de petrolíferos e hidrocarburos, con lo que bajo el argumento de “peligro inminente” de seguridad nacional podría suspender permisos a la iniciativa privada.
  • Hace unos días, dicha reforma fue calificada como inconstitucional, discrecional y violatoria de la competencia económica por los participantes de la mesa de diálogo virtual organizada por la Comisión de Energía en San Lázaro. Una vez que se apruebe en el pleno será remitida a la Cámara de Senadores.

Los detalles:

  • Si bien es cierto que la Comisión de Energía avaló unos cambios en la reforma, acerca de la cancelación de permisos (en el artículo 59 bis y la adición de un séptimo artículo transitorio), lo cierto es que se mantuvo intacta la posibilidad de realizar expropiaciones en materia de crudo.
  • Los ajustes le permitirán a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía suspender o negar cualquier permiso expedido para la distribución, comercialización e importación de combustibles a privados, devolviendo mercado a Pemex, bajo el argumento de preservar la seguridad nacional.
  • “A fin de garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, quedando a salvo los derechos de los terceros y el interés del Estado. La suspensión requerirá la notificación previa al permisionario indicando las causas que motivan la suspensión, las razones por las cuales se estima procedente y la afectación que podría darse en caso de que continúen los actos que ampare el permiso.
  • “Una vez realizada la notificación, el permisionario contará con un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la fecha de la notificación, para exponer lo que a su derecho convenga y aportar, en su caso, las pruebas que estime pertinentes”, se agregó al texto, que también contempla 15 días para que la autoridad que haya otorgado el permiso dé su resolución final, conforme a las pruebas presentadas.
  • Sin embargo, el texto que no sufrió modificaciones es aquel que ha sido considerado por los expertos en el sector energético, por significar un riesgo de expropiación velada para las empresas a las que les sea revocado el permiso.
  • “La autoridad que haya emitido el permiso se hará cargo de la administración y operación del permisionario, para la continuidad en la operación de las actividades que ampare el permiso, a fin de garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, quedando a salvo los derechos de los terceros”.
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