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21 de noviembre 2024

26 de agosto 2022

Política

17 años en la cárcel, sin sentencia: el caso que está desmontando la prisión preventiva oficiosa

La sentencia que emita este viernes la Corte Interamericana de Derechos Humanos podría obligar al Estado mexicano a eliminar la prisión preventiva oficiosa

Por Redacción Magenta

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¿Qué pasó?

  • Los mexicanos Reyes Alpízar Ortiz y Daniel García Rodríguez fueron detenidos por el delito de homicidio, pero el gobierno mexicano nunca pudo comprobar su culpabilidad. Pasaron 17 años en la cárcel.
  • Ahora, el caso ha escalado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), por lo que la sentencia que emita este viernes podría poner fin a la prisión preventiva oficiosa.  

¿Por qué importa?

  • Ante la falta de efectividad de las fiscalías para investigar delitos y conseguir sentencias, la prisión preventiva se ha vuelto un pilar de la estrategia judicial y de seguridad del Estado mexicano. En la actual administración se ha ampliado de manera significativa el catálogo de faltas que ameritan dicha medida cautelar.
  • El consenso de analistas afirma que el escenario está puesto para que la Corte IDH falle a favor de las víctimas, una resolución histórica que obligaría a México a modificar por primera vez su Constitución por una disposición violatoria de derechos humanos.

El contexto:

  • Esta semana, el presidente López Obrador marcó la pauta: declaró que eliminar la prisión preventiva era un acto contrario a la justicia, a días de que la Suprema Corte analice este 5 de septiembre si es o no violatoria de derechos humanos y de tratados internacionales.
  • Acto seguido, la Secretaría de Gobernación, la Consejería Jurídica de la Presidencia y hasta la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, expresaron el mismo argumento a través de una serie de pronunciamientos públicos.

Los detalles:

  • Acusados de haber asesinado en 2001 a la regidora panista de Atizapán, Estado de México, María de los Ángeles Tamés, los mexicanos Daniel García Rodríguez (ex secretario del alcalde de Atizapán) y Reyes Alpízar Ortiz (artesano) pasaron 17 años en prisión, el tiempo más largo que alguien en México ha pasado sin sentencia por un crimen, que afirman, no cometieron.
  • Tras analizar la acusación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que ambos fueron incriminados por las autoridades mediante una detención arbitraria y actos de tortura, y obligados a estar en prisión casi dos décadas sin juicio ni sentencia de por medio, siendo legalmente inocentes.
  • Posteriormente, la CIDH turnó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en mayo de 2021, mismo que será discutido este viernes y en el que la resolución -prevista para los próximos meses- marcaría un precedente al declarar inconvencional el uso de la prisión preventiva oficiosa en México.
  • “Seguramente, el representante del Estado mexicano va a defender la convencionalidad de la medida de prisión preventiva oficiosa. Y por la otra parte, veremos cómo los peritos y los representantes de la CIDH tratarán de darle argumentos a los jueces de la Corte Interamericana para que se pronuncien por una condena al Estado mexicano por el uso excesivo de la prisión preventiva oficiosa”, afirmó Ángela Frías, abogada penalista y profesora de la UNAM, en entrevista para Animal Político.
  • No es la primera vez que la Corte Interamericana se pronuncia en contra de la prisión preventiva oficiosa, al catalogarla como violatoria de derechos fundamentales como la presunción de inocencia y el derecho a la libertad.
  • La prisión preventiva solo está justificada en tres supuestos para la Corte: cuando durante su proceso, la libertad del imputado pone en riesgo a las víctimas, cuando existe riesgo para el proceso penal y cuando hay riesgo justificado de fuga.
  • “Lo que dice la Corte Interamericana es que los jueces deben analizar caso por caso teniendo en cuenta estos tres supuestos bajo los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, y que, además, la prisión preventiva tiene que ser revisada de manera periódica”, expresó al portal Javier Martín Reyes, abogado constitucionalista e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
  • En el caso de México, que forma parte del grupo de países que firmaron la Convención Americana de Derechos Humanos y a su vez aceptaron la competencia contenciosa de la Corte IDH, ha abusado de la prisión preventiva oficiosa como una herramienta que encarcela principalmente a pobres e inocentes.
  • Y es que el Artículo 19 de la Constitución -el cual fue reformado por el actual gobierno con el apoyo de todos los partidos en el Congreso- contempla una lista de 16 delitos, que incluyen desde el homicidio hasta robo con violencia.
  • A diferencia de la prisión preventiva justificada, en esta figura, basta con que un juez encuentre indicios mínimos para que continúe la investigación y que el denunciado vaya directamente a la cárcel sin necesidad de argumentar por qué.
  • Luego de ser acreditadas las torturas e irregularidades de las que fueron objeto durante el proceso, Daniel y Reyes salieron de la cárcel en 2019 para quedar en prisión domiciliaria; sin embargo, en mayo de este año, un tribunal del Estado de México los condenó a 37 años de cárcel por el homicidio de la regidora Tamés.
  • Ahora, están a punto de lograr una victoria en los tribunales internacionales que implicaría una sanción a país por violar sus derechos humanos, recibir indemnizaciones por el daño material y moral causado, además de las medidas de no repetición en torno a la prisión preventiva oficiosa.
  • Finalmente, la audiencia en la CIDH concluyó tras 9 horas y 27 minutos, fijando como fecha el próximo 29 de septiembre para que ambas partes presenten los alegatos finales en relación con excepciones, reparaciones y costas, a fin de emitir la sentencia definitiva.
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